a) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica y en colaboración con los tutores, el Plan de Orientación Académica y
el Plan de Acción Tutorial del instituto
b) Contribuir al desarrollo de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa, y a la
elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.
c) Colaborar con los tutores y con el resto del profesorado en la planificación y desarrollo de actividades de orientación académica y profesional y de tutoría.
d) Proponer criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales y colaborar con otros
departamentos y con el profesorado en general para adaptar las enseñanzas a las características y necesidades individuales del alumnado.
e) Colaborar con los profesores del instituto en la prevención y detección de problemas de aprendizaje y en la realización de actividades educativas dirigidas a
los alumnos que presenten dichos problemas.
El ejercicio de estas variadas funciones hace necesario que este departamento cuente con profesionales diferentes, dependiendo de las enseñanzas que ofrezca el Instituto y de las necesidades
educativas de sus alumnos.
1. Todos los departamentos deben contar al menos con un profesor o profesora especialista en Psicología o Pedagogía, que suele ser el responsable de dirigir el
departamento.
2. Cuando en el instituto se escolaricen alumnos con Necesidades Educativas Especiales (prácticamente en todos los casos) habrá al menos un/una especialista en Pedagogía
Terapéutica.